BASILEA III. Sede del Banco de Pagos Internacionales, Basel, Suiza.
Por Omar Ricardo Gómez Castañeda, desde Venezuela
Antecedentes
Aparentemente y, podría decirse con mucha precisión, que Basilea II no llegó aplicarse de forma generalizada en todos los bancos del mundo. La regulación sobre recursos propios de Basilea I, nació en 1988,cuando los bancos emisores de las principales economías desarrolladas se pusieron de acuerdo para establecer el capital mínimo (8%) que deben tener los grupos bancarios en función de los riesgos que afrontan (su cartera de inversiones y de crédito). Más tarde, en 2004, el comité de supervisión del Banco de Pagos Internacionales de Basilea llegó a un acuerdo para establecer Basilea II.Sus defensores creían que Basilea II protegería al sistema financiero internacional de potenciales quiebras de bancos pero, en la práctica, la nueva regulación no pudo evitar que se desencadenara una crísis como la que hemos vivido en éstos últimos tres años. El capital mínimo se presumía entre un 15% a 20% sobre el total de activos, y muchos bancos apenas alcanzaron 12%. Se demostró pues,que hay riesgos de otra naturaleza,que no se pueden determinar con modelos estadísticos. Eso vale para miles de operaciones rutinarias a lo largo de años, pero esa estadística no vale para riesgos por la toma de posición en productos financieros negociados en mercados no regulados.
Basilea III va a tratar de cubrir las lagunas de la anterior regulación por medio de tres vías:
a) Más uniformidad en la definición de los niveles mínimos de capital con respecto al activo total (entre un 50% a 70%)
b) Exigencias de más recursos (permanentes interanualmente) propios (aporte permanente de los accionistas), y
c) Mayor calidad de carteras crediticias(no a la masificación del crédito) y capitales también de mayor calidad.
Consecuencias de ésta nueva normativa
Desde que el comité de supervisión del Banco de Pagos Internacionales de Basilea emitiera el 7 de Diciembre del 2009 un informe sobre la nueva normativa en materia de recursos propios, han sido muchos los bancos de inversión en el mundo que han estado en desacuerdo y que el impacto que tendrá en el sistema bancario internacional será demasiado cuesta arriba para lograr tal cometido. Esto ya ha afectado a bancos de Francia y el Reino Unido asi como en Estados Unidos.
Los siete efectos sobre la solvencia de la banca, serían en rasgos generales los siguientes:
a) La nueva regulación sólo contabilizará como capital de máxima calidad áquel que esté plenamente disponible
b) Que las pérdidas latentes se descuenten del capital
c) Está previsto que los impuestos diferidos tampoco computen como capital disponible
d) Se considera que las obligaciones en materia de pensiones no puede contabilizarse como capital disponible para asumir pérdidas
e) Se prevé una fuerte penalización para el cómputo de capital en caso de bancos con participaciones cruzadas
f) Que se descuente el capital invertido en las filiales aseguradores(Ejemplo:el grupo británico Lloyds),y
g) La consideración de algunas inversiones arriesgadas,lo que tira hacia abajo los ratios de solvencia
Análisis
Aunque se trata de cuestiones muy técinicas,básicamente el cambio normativo afectaría a lo que se conoce como <<core capital>>, un ratio que mide,entre un 50% a 70%, el grado de saneamiento y solvencia de una entidad financiera.El concepto calcula la relación entre el capital básico(fondos aportados por los accionistas y las reservas) y las deudas contraídas por la misma.El ratio sirve para determinar cuándo una entidad debería ser intervenida. Se busca pues,evitar que haya bancos incapaces de responder a una debacle de sus productos ó una retirada masiva de depósitos.
No obstante lo anterior,la nueva normativa supondrá una conmoción para el sector bancario y podría forzar a toda la banca mundial a recaudar más fondos,si pudiesen,y limitar las rentabilidades de las inversiones,los dividendos y los salarios durante los próximos años.Sin embargo,ya hay algunos bancos que se beneficiarán con éstos cambios,como:Grupo Santander en España; Unión de Bancos Suizos en Suiza; Standard Chartered en Inglaterra y dos bancos nordicos de Europa como DnB NOR y Nordea.
Asi pues,las reglas podrían ser demoradas,suavizadas,ó sujetas a interpretaciones nacionales(de cada país),y muchos inversores y bancos cuentan con ello.
Conclusión
A mi manera de ver,si se aplicase “taxativamente” la nueva normativa, más bien los inversionistas y banqueros en general,no se inclinarían más a seguir fomentando los negocios de la banca.Tanta perfección, es imposible. Se tuvo la experiencia de Basilea II y resultó nefasta,cuanto más ésta nueva regulación. Imaginénse Uds la banca africana ó la banca en América Latina para los próximos años bajo éstos parámetros…..,sería realmente inviable. Por ello,queda la ventana de que cada país efectuará las interpretaciones pertinentes a su economía y legislación.
Bibliografía
*Basilea III,la nueva tormenta regulatoria que amenaza la banca europea(Internet)
*Basilea 3-Blogs Expansión.com(Internet)
*Basilea III,un nuevo susto para la banca-La Nueva España-Diario Independiente(Internet)
*ANALISIS-Bancos europeos afrontan dura realidad de Basilea III-Terra-Economía(Internet)-Reuters
*Risk.net,Financial Risk Management News and Análisis.Riskcareers.com.(Internet)
